Con tres de cinco votos, la Sala Superior Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó que se mantenga la obligatoriedad de designar a mujeres como candidatas en cinco de nueve gubernaturas.
Este miércoles 8 de noviembre, en sesión ordinaria, los magistrados dieron cauce a un recurso presentado por el partido Movimiento Ciudadano en contra de una decisión del Instituto Nacional Electoral (INE).
El organismo fijó desde finales de octubre que los partidos políticos nacionales tuvieran que postular a cinco mujeres en nueve de los procesos electorales a fin de dar garantías a la paridad de género.
Tras el recurso que interpuso el partido naranja, el magistrado a cargo de dar seguimiento fue Felipe de la Mata Pizaña.
En su propuesta, argumentó que el INE no tenía facultades para dictar esas reglas y que debían considerarse las legislaciones en algunos de los estados que ya regulan la paridad de género.
En específico, la más completa es la del estado de Yucatán que ya tiene reglas claras para garantizar la participación de las mujeres.
Mientras que en las leyes de Jalisco y Puebla se reconocieron avances de los congresos locales, pero no garantías que les permitieran quedar exentos de una cuota de género.
Así, la propuesta del magistrado señalaba que Yucatán podría escoger candidaturas con sus propios criterios y que los otros ocho estados debían acatar la paridad de género.
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