El gobernador de Puebla, Alejandro Armenta, solicitó al Congreso del Estado que se analice la Ley de Ciberseguridad, la cual se aprobó el pasado jueves 12 de junio, y penaliza el llamado "ciberasedio" que castiga con cárcel a quien insulte por medio de redes sociales.
El mandatario estatal emitió un comunicado en el que solicitó a Laura Artemisa García Chávez, presidenta en la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado y los integrantes de la LXII Legislatura, establecer foros en coordinación para escuchar las distintas voces.
En ese sentido, pidió que se convoque a la Comisión Estatal de Derechos Humanos, periodistas, asociaciones de padres de familia, organismos de derechos humanos ycolegios de abogados para analizar la Ley de Ciberseguridad en lo correspondiente al ciberacoso.
“Siempre con el propósito de proteger los derechos humanos universales con el mayor consenso posible. Con el pueblo todo, sin el pueblo nada”, expresó.
La postura del mandatario estatal coincide con la petición de Artículo 19 Oficina para México y Centroamérica y la Red de Periodistas de Puebla, quienes luego de expresar su preocupación por la nueva Ley de Ciberseguridad en Puebla, solicitaron que no fuera aprobada.
La organización señaló que los delitos que incorporaron, incumplen principios de derechos humanos y libertad de expresión, violentan el principio de taxatividad en materia penal, y en su elaboración no ha incorporado el expertise técnico de especialistas.
Debido a estos factores, “los delitos pueden ser utilizados contra la ciudadanía de manera arbitraria, particularmente contra periodistas y medios de comunicación”.
La Ley de Ciberseguridad, conocida como "Ley de Ciberasedio" fue aprobada por los diputados locales el jueves 12 de junio, el viernes 13 de junio fue promulgada y el sábado 14 de junio entró en vigor.
Dicha ley tipifica los delitos de usurpación de identidad, el espionaje digital y el ciberasedio, el cual se castiga con hasta 3 años de prisión.
Según la ley en Puebla, el ciberasedio lo comete quien "a través del uso de las tecnologías de la información, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital, insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle daño o menoscabo en su integridad física o emocional".
Quien incurra en este delito, recibirá pena de cárcel de 11 meses a 3 años de prisión y el pago de una multa de 33 mil 942 pesos.
En caso de que la víctima sea menor de edad, se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico, y la sanción aumentará desde una tercera parte de la pena mínima, hasta dos terceras partes de la pena máxima.
Cabe señalar que esta iniciativa de ley fue propuesta por el entonces diputado local José Luis García Parra, actual coordinador de gabinete del gobierno del estado.