Estado

Qué hacer si en Fiscalía no levantan tu denuncia

La ley obliga a las autoridades a tomar una denuncia todos los días del año y a cualquier hora

En Puebla la Fiscalía General del Estado es la encargada de recibir las denuncias de cualquier delito | IMAGEN: Especial
25/02/2023 |09:54
Andrés Sánchez Pastén
RedactorVer perfil

Que no se quieran pasar de listas. Las autoridades están obligadas a recibirte a cualquier hora los 345 días del año, si quieres levantar una denuncia.

De acuerdo con los Derechos y Garantías de las Víctimas de Delitos, toda persona tiene derecho a que se le reciba de inmediato la denuncia del delito que la afecta, que se respete su intimidad en la medida que no obstruya la investigación y a ser informada cuando realice la denuncia o en su primera intervención en el procedimiento.

Si las autoridades te niegan este derecho, puedes denunciarlas.

En primera instancia, puedes acudir a Asuntos Internos, en el caso de Puebla, de la Fiscalía General del Estado (FGE) que es la encargada de recibir las denuncias de cualquier delito.

En específico, debes señalar al agente del Ministerio Público responsable de negarte el derecho de levantar una denuncia.

Además, la Comisión de Derechos Humanos (CDH) de Puebla puede ser el nexo para que tu denuncia sea tomada en cuenta, en caso de que recibas una negativa.

Recuerda, no estás solo, siempre hay un organismo, como la CDH Puebla, que puede brindarte ayuda.

Requisitos para levantar una denuncia

La Fiscalía General del Estado (FGE) solicita lo siguiente para levantar una denuncia:

Identificación oficial con fotografía (original y copia). Credencial para votar vigente expedida por el INE, Licencia de Conducir, Pasaporte, Cédula Profesional, Credencial de Adulto Mayor (INAPAM), Carta de Identidad emitida por el municipio o junta auxiliar, Cartilla Militar, Certificado de Estudios a partir del nivel secundaria con fotografía.

Comprobante de domicilio (original y dos copias fotostáticas simples). Antigüedad no mayor a 3 meses. Estados de cuenta emitidos por la CFE, compañías telefónicas, agua potable o bancario. Si la(s) persona(s) denunciante(s) es (son) menor(es) de edad, acta de nacimiento (original y dos copias fotostáticas simples) acompañado de su(s) padre(s) o tutor(es).

Plazo máximo de respuesta. Forma Presencial. Para iniciar el trámite, es variable según la demanda previa de usuarios. De igual forma, durante la declaración del denunciante.

En línea. Variable según el denunciante al llenar los campos requeridos y su conexión a internet. De 1 a 3 días hábiles para dar respuesta una vez recibida la notificación.

Forma escrita. Para recibir el documento, aproximadamente 15 minutos. De 1 a 5 días hábiles para dar respuesta una vez recibida la notificación.

⁃ En los tres casos El Agente del Ministerio Público indicará los actos de investigación a realizar de acuerdo con lo establecido en el artículo 94 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

⁃ De ser procedente un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias, se le informará a la víctima a fin de que sea canalizada la Carpeta de Investigación.