Estado

Qué pasa si ocultas tus placas en Puebla

Si pretendes evitar las fotomultas o alguna otra infracción tapando una parte o la totalidad de tu placa, debes saber esto

Qué pasa si ocultas tus placas en Puebla I Foto: EsImagen/iStock
21/12/2025 |17:59
Angeles Bretón
RedactorVer perfil

Todo vehículo que circula en las calles de -al igual que en todo México- debe portar placas que lo identifiquen.

Este registro de identidad, ayuda en temas de seguridad pública y control vial, así como en caso de robo u otro delito.

Por esta razón, las placas vehiculares deben estar siempre visibles, de lo contrario los propietarios de las unidades automotoras son acreedores a infracciones.

Así se establece en el en el que se señala que todos los autos deben tener sus placas y además tienen que estar visibles.

¿De cuánto es la multa por no tener una placa visible?

En el Artículo 56 de dicho reglamento se señala que “se prohíbe utilizar o instalar en los vehículos porta placas y luces de neón alrededor de las placas de circulación, que impidan la visibilidad de las mismas”.

En tanto, en el tabulador para la imposición de multas, en el capítulo IV “De las normas generales de tránsito”, se menciona:

  • Por circular con placas con cobertura o aditamentos destinados a impedir su lectura por las cámaras de seguridad y velocidad, la multa es de 10 a 15 Unidades de Medida y Actualización (UMA) que actualmente es de 113.14 pesos, lo que equivale a 1,131 pesos con 14 centavos hasta 1,697 pesos con 10 centavos.
  • En el mismo capítulo, pero en número 54, fracción I inciso b se establece que impedir la visibilidad de las placas con sustancias o cualquier material, remacharlas, soldarlas al vehículo o llevar distintivos u objetos, la multa es de 4 mil 525 pesos a 7 mil 919 pesos.

Además, toma en cuenta que estos montos se incrementarán a partir del 2026, porque cada año la UMA se actualiza de acuerdo a la tasa de inflación reportada por el

El valor de la UMA para 2026 aún no se ha publicado oficialmente porque la versión actual de 113.14 diarios tiene vigencia hasta el 31 de enero de 2026, pero se espera que el INEGI lo anuncie a principios de enero de 2026, ajustándose por inflación, e impactará impuestos, multas y trámites gubernamentales a partir del 1 de febrero de ese mismo año.

¿Cuáles son los requisitos para que los autos puedan circular en Puebla?

Por ley, los vehículos motorizados deben circular con placas expedidas por la autoridad competente o permiso provisional vigente, o en su defecto, la certificación de la autoridad competente a causa de la pérdida de placas.

Además, se les concede a los propietarios de las unidades un plazo de 30 días naturales para tramitar la reposición de las placas, las cuales tienen que colocarse de la siguiente manera:

  • Al frente y atrás de los vehículos, en lugares expresamente diseñados para ellas y, para el caso de motocicletas, en lugar visible de la parte posterior.
  • Tienen que estar en buen estado de conservación y libres de rótulos, luces neón, micas oscuras, sistemas antirradares, detector de radares de velocidad, sustancias o materiales que dificulten o impidan su visibilidad, remaches o soldaduras que las ajusten al vehículo, o cualquier elemento adicional.
  • Sí puedes poner un porta placas siempre y cuando no se oculten las letras, números, identificadores o dispositivos de validación como códigos de barras o QR.
  • Está prohibido instalar dispositivos decorativos que se asemejen a placas de circulación extranjera o nacional.
  • Las placas tienen que coincidir con el engomado y la tarjeta de circulación.
  • No tiene que sufrir alteraciones.

Otras obligaciones como conductores es contar con el engomado de las placas, mismo que debe estar en el medallón del vehículo. Tener un holograma actualizado de verificación vehicular, ubicado a la vista en cualquier vidrio del vehículo.

Tener tarjeta de circulación, licencia o permiso para conducir vigente, expedida por la autoridad competente, y una póliza de seguro.