Marisol Calva, asesora de género en la Secretaría de Gobernación estatal, anunció que a partir de este lunes 4 de diciembre de 2023, siete unidades de salud brindarán el servicio de aborto seguro en Puebla, de manera gratuita.

En conferencia de prensa, indicó que este es el resultado del cumplimiento de amparo en materia de acceso al aborto seguro que en febrero de 2022 promovieron los representantes de tres asociaciones civiles: GIRE, CAFIS y Odesyr.

Con ello se garantiza el servicio de aborto seguro a las mujeres y personas con capacidad de gestar que se encuentren bajo el supuesto de amparo de ser asistidas, asesoradas o defendidas por las asociaciones civiles GIRE, CAFIS y Odesyr para que puedan tener acceso a este servicio en todo el estado de Puebla.

Añadió que de acuerdo con la Secretaría de Salud en el estado de Puebla, las unidades que podrán prestar este servicio son las siguientes:

  • Hospital de la Mujer en Puebla
  • Clínica Hospital de Tehuacán a cargo del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
  • Clínica Hospital de Teziutlán a cargo del ISSSTE
  • Clínica Hospital de Huauchinango a cargo del ISSSTE
  • Hospital General número 20 del IMSS La Margarita
  • Hospital General de Zona número 35 de Cuautlancingo a cargo de IMSS
  • Hospital de Especialidades del ISSSTEP

Melissa Ayala, coordinadora de litigios del Grupo de Información y Reproducción Elegida (GIRE) AC, informó que las mujeres o personas con capacidad de gestar que estén interesadas en recibir este servicio deben acercarse a las asociaciones civiles Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE); Centro de Análisis, Formación e Iniciativa Social (CAFIS) y Observatorio Ciudadano de Derechos Sociales y Reproductivos (Odesyr), para orientarlas y llenar el formato que les permita recibir el servicio.

“El amparo protege a todas las mujeres que GIRE, CAFIS y Odesyr asesore o acompañe, por lo que será necesario que las interesadas acudan con nosotras para que se emita una constancia que se ha trabajado de la mano con la Secretaría de Salud y la Secretaría de Gobernación para que haya uniformidad en todos los hospitales que participan. El servicio se apegará a los lineamientos de abortos seguros que emitió el Centro Nacional de Salud Reproductividad”, explicó.


Las personas interesadas, por medio de las redes sociales, pueden contactar a los representantes de las tres asociaciones civiles para solicitar la asesoría, así como al correo electrónico .

También indicó que este es el resultado de un esfuerzo conjunto y colaborativo con el gobierno del estado y las organizaciones civiles que fueron promoventes directas del amparo y que acompañan por la lucha de un aborto legal y seguro en Puebla.

Añadió que es el resultado de una sentencia que se deriva de un amparo presentado por los representantes de las tres asociaciones civiles en febrero del 2022, para cuestionar la penalización del aborto en el Código Penal en el Estado de Puebla.



En la resolución se reitera que la penalización absoluta del aborto es inconstitucional para el caso de Puebla, ya que es una violación a los Derechos Humanos de las mujeres y de las personas con capacidad de gestar y se vincula la necesidad de no criminalizar a las personas que abortan o que auxilian a otras a abortar y que se provean estos servicios de salud por parte del Estado.

Las integrantes de los colectivos expresaron que esperan que este sea el comienzo de un acceso ampliado a la interrupción voluntaria del embarazo en el estado de Puebla y eventualmente en todo el país.

Arturo Madrid Echegaray, subsecretario jurídico de la Secretaría de Gobernación del gobierno el estado, explicó que cuentan con 12 amparos, siendo uno el que hoy se informa y que fue presentado por GIRE, CAFIS y Odesyr en contra del Congreso del Estado y gobierno del estado de Puebla, siendo los actos reclamados la discusión, aprobación, efectos y consecuencias de los artículos 339, 340, 341, 342 y 343 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla.

Cabe recordar que el Código Penal de Puebla mantiene artículos que establecen a las mujeres que aborten, así como a las personas que consientan el aborto, las que podrían ser médicos, enfermeras u otras personas.

El artículo 340 establece sanciones de uno a tres años al que hiciere abortar a una mujer, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con consentimiento de ella.

El 341 señala si el aborto lo causare un médico, cirujano, o partera, además de las sanciones que le correspondan conforme al artículo 340, se le suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión u oficio.

El artículo 343 del código penal de Puebla estipula que el aborto no es sancionable si es causado solo por imprudencia de la mujer embarazada, ya sea un accidente o espontáneo.

No se sanciona cuando el embarazo es el resultado de una violación ni cuando la embarazada corra peligro de muerte a juicio de dos médicos.

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