Ante la sed insaciable de la ciudad de Puebla en el marco de un crecimiento urbano e industrial, de una cuestionable gestión adecuada del agua por parte de diversos niveles de autoridad y de la vulneración de las formas de autogestión ciudadanas del agua, un viejo movimiento se despierta.
No estamos hablando de la clausura de la perforación de dos pozos que la población de Xoxtla denunció hace un año, sino de la permanente y paulatina defensa del agua que se realiza desde finales de la década de 1990, en San Miguel Xoxtla y la región de las Cholulas.
En la década de 1960 distintas empresas se instalaron en el valle de Puebla, dos muy importantes: una automotriz y otra siderúrgica, con lo que inició la extracción masiva de agua para uso industrial, a la par que la contaminación del suelo, el aire y el agua misma.
Para la década de 1990, durante la gestión de Manuel Bartlett Díaz, a la demanda de agua para la industria, se le sumó la necesidad de agua para uso urbano cosa que se resolvió extrayendo agua, no sin conflictos de San Buena Ventura Nealtican y Santa María Acuexcomac con el mega proyecto Angelópolis y durante el 2006, con la pretensión de obtenerla de San Francisco Ocotlán, cuya población resistió y logró mantener su oposición.
No obstante, San Miguel Xoxtla, en 1997 estableció un convenio con el Sistema Operador de Agua Potable y Alcantarillado de Puebla (SOAPAP) para la extracción de agua desde tres pozos profundos que funcionan las 24 horas, para dotarla al norte de la capital poblana.
A cambio habían obtenido la promesa de que el gobierno construiría una universidad, una planta tratadora de aguas residuales, rehabilitar la red de agua potable y drenaje, un pozo para la proveer de agua a la población, así como detener la extracción de agua ante las primeras señales de escasez.
Casi tres décadas después, los pobladores integrados en torno a Comités Ciudadanos de Agua regidos bajo usos y costumbres denuncian que ninguno de los compromisos establecidos con SOAPAP se cumplió, y exigen, ante la evidencia de que sus pozos y manantiales se secaron o disminuyeron su disponibilidad de agua, que cese la extracción, pues además su población la recibe de manera insuficiente y eventual.
Pese a ello, por medios de comunicación se conoció que los regidores del municipio avalaron abrir un nuevo pozo para dotar la mitad de su volumen a la ciudad de Puebla y el resto a la población municipal, en seguimiento a un acuerdo de la anterior presidenta municipal con la empresa Concesiones Integrales. Ante esta situación, pobladores de Xoxtla cerraron la autopista México-Puebla de manera intermitente, solicitando se revocara esa sesión de cabildo y se realizara una asamblea abierta para tratar el tema.
Para la autoridad municipal esta es una manera eficiente de dotar de agua a 8 mil personas que no tienen acceso regular al servicio de agua potable, pero para los pobladores es el peligro inminente de la privatización del servicio de agua potable. Otro asunto de alarma denunciado por organizaciones de defensa de Derechos Humanos, ha sido la presencia en las asambleas comunitarias en las que se exige la revocación de todos los convenios con el gobierno estatal y con la empresa Agua de Puebla para todos, de diferentes cuerpos policiacos, de la Marina y el Ejército.
Recordemos que el artículo cuarto constitucional reconoce el Derecho humano al Agua, de igual forma nuestro país firmó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales el cual a través de su Observación número 15 interpreta y desarrolla dicho Derecho, en su texto, específicamente en el párrafo 21 establece claramente que el Estado debe abstenerse de realizar directa o indirectamente alguna injerencia en el ejercicio del derecho al agua, específicamente expresa “el abstenerse de toda práctica o actividad que deniegue o restrinja el acceso al agua potable en condiciones de igualdad, de inmiscuirse arbitrariamente en los sistemas consuetudinarios o tradicionales de distribución del agua”, aunado a lo anterior, el párrafo 23 establece la obligación del Estado a que “impidan a terceros que menoscaben en modo alguno el disfrute del derecho al agua. Por terceros se entiende particulares, grupos, empresas y otras entidades, así como quienes obren en su nombre”.