“De manera tradicional, a través de una votación a mano alzada, se aprobó este proyecto” escribió el gobernador de Chiapas Eduardo Ramírez en una publicación a través de sus redes sociales el 22 de febrero de este año, para referirse a los resultados de la Consulta Pública realizada en Chilón, respecto de la construcción de la Carretera Palenque a San Cristóbal de las Casas en su primer tramo de Palenque a Ocosingo.
El pasado 17 de febrero de 2025 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el “Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos para llevar a cabo Consultas Públicas relacionadas a Proyectos Estratégicos de Desarrollo en el Estado de Chiapas”, documento expedido por el Gobernador.
En dichos Lineamientos, se crea una nueva figura de participación denominada “Consulta Pública” a cargo del mismo gobernador y de la Secretaría General de Gobierno y Mediación de Chiapas, la cual, tiene el objetivo de ser llevada a cabo cuando el gobierno del Estado quiera elaborar y ejecutar proyectos a los que unilateralmente llame “de Desarrollo Estratégico”, como puede ser la construcción de puentes, caminos y carreteras.
A pesar de una aparente intención de fortalecer la democracia en Chiapas al crear más formas en que las personas puedan participar en la toma de decisiones, no pasa desapercibida la pertinente temporalidad de la publicación de los Lineamientos mencionados -por ende, la entrada en vigor de la “Consulta Pública” como herramienta- pues, estos entran en funcionamiento justo en el momento en que se discute a nivel nacional y estatal la construcción de la Carretera de Palenque a San Cristóbal de las Casas, y su primer construcción de Palenque a Ocosingo, proyecto de “Desarrollo Estratégico” impulsado por la Federación y el Estado desde 2006 con el entonces gobernador Juan Sabines Guerrero, con directa oposición de pueblos indígenas.
Así, tras la publicación y entrada en vigor de los Lineamientos, inmediatamente al día siguiente, el 18 de febrero, se publicó en el Periódico Oficial del Estado la Convocatoria a Consulta Pública sobre el “Proyecto de construcción de la autopista carretera de Palenque – Ocosingo”, a fin de llevarse a cabo a finales de febrero e inicios de marzo en los municipios de Palenque, Ocosingo, Salto de Agua y Chilón -municipios con población indígena Tseltal, Tzotzil y Ch’ol-
No obstante, y en voz de las personas defensoras del territorio como el Movimiento en Defensa por la Vida y el Territorio (MODEVITE) -quienes han resistido este megaproyecto desde hace más de una década- estos procesos de consulta, desde la convocatoria, fueron contrarios a los requisitos para llevar a cabo una consulta indígena, y violan su Derecho Madre a la Libre Determinación.
De acuerdo con el Convenio 169 de la OIT, la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y otros instrumentos internacionales, para que un pueblo y comunidad indígena pueda, efectiva y plenamente, participar en la toma de decisiones sobre proyectos que atenten contra sus tierras, desarrollo y vida -como lo es la construcción de una carretera- las autoridades deben cumplir con requisitos dentro de las consultas que realicen: deben ser libres, previas, informadas, culturalmente adecuadas y de buena fe.
Ahora bien, en estos ejercicios de aparente democracia, las consultas sobre la construcción de la carretera no fueron libres ni de buena fe, pues el gobierno del Estado creó un grupo de seguridad “de élite”, los Pakales (FRIP), encargados de garantizar la “seguridad pública”, incluyendo la vigilancia de la construcción de las obras gubernamentales y del desarrollo de la Consulta. Adicionalmente, los flyers y demás publicidad que convocaba a la ciudadanía a votar, de manera parcial, llamaban a las personas a votar y pronunciarse a favor de la construcción, sin un espacio que brindara perspectivas en contra y sus posibles repercusiones, como el daño ambiental.
Con relación al daño del medio ambiente, las consultas tampoco fueron previas, informadas, ni culturalmente adecuadas, pues como pasó en Chilón, en el mismo fin de semana de la publicación de la convocatoria, autoridades estatales y los ayuntamientos organizaron eventos para brindar información sobre cómo esta construcción era benéfica para la economía y para el turismo, sin la socialización de la Manifestación de Impacto Ambiental e información sobre el trazo, y en cuestión de 2 días después, se llevó a cabo la consulta formal sin contemplar un tiempo idóneo para el análisis de información a través de los procesos internos de las comunidades para la toma de decisiones.
Así, detrás del discurso sobre el desarrollo, la democracia y la participación pública, el gobierno del Estado calificó de válidas las consultas realizadas, y se proclamó el presunto “Sí” a favor de la carretera, dando lugar a la construcción sobre territorio indígena sin el verdadero consentimiento de las personas, legitimando el despojo sistemático.
Ahora, ante este despojo anunciado, comunidades pertenecientes al Pueblo Indígena Tseltal y el MODEVITE, presentaron demandas de amparo exigiendo el reconocimiento de su derecho a una consulta libre, previa, informada, culturalmente adecuada y de buena fe, al Territorio, a la vida y a ser reconocidos como verdaderos titulares de derechos, esperando que el Poder Judicial Federal interprete y aplique de acuerdo a los estándares internacionales su Derecho Madre a la Libre Determinación y materialice la nueva reforma al artículo 2° constitucional.