El Congreso de Puebla aprobó hasta 50 años de cárcel por violación con embarazo de menores, luego de que el Pleno avaló una reforma al Código Penal del Estado para incrementar las sanciones en delitos sexuales cuando la agresión tenga como consecuencia un embarazo en niñas o adolescentes. La modificación fue respaldada con 36 votos a favor durante la sesión ordinaria de este 2 de julio.
La reforma contempla cambios a los artículos 266 y la incorporación del artículo 271 Bis del Código Penal del Estado de Puebla, con el propósito de fortalecer la protección de las víctimas y endurecer las penas para quienes cometan estos delitos.
De acuerdo con lo aprobado por las y los diputados, el aumento de la sanción se aplicará independientemente de la duración del embarazo o de si este llega a término, al considerar el impacto físico, psicológico y social que representa un embarazo derivado de una agresión sexual.
✅ En sesión ordinaria del #CongresoDePuebla, las y los diputados aprobaron el dictamen por el que se reforma el Código Penal, con la finalidad de establecer que, en los casos de estupro o violación, cuando la víctima quede en estado de embarazo como consecuencia del delito, se… pic.twitter.com/719W5eVhPL— H. Congreso de Puebla (@CongresoPue) July 2, 2026
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Con la adición del artículo 271 Bis, el embarazo de la víctima se convierte en una agravante específica para el delito de violación cuando la afectada sea una menor de edad.
Antes de esta reforma, la legislación poblana contemplaba penas de entre ocho y 40 años de prisión por el delito de violación. Ahora, cuando la agresión sexual tenga como consecuencia un embarazo, la condena podrá alcanzar hasta 50 años de cárcel.
Las y los legisladores señalaron que el objetivo es ofrecer una mayor protección a niñas y adolescentes, además de fortalecer la respuesta del Estado frente a delitos que generan graves consecuencias para las víctimas.
La reforma también modifica el artículo 266 del Código Penal para aumentar las penas por el delito de estupro cuando la víctima resulte embarazada como consecuencia del ilícito.
En estos casos, la sanción se incrementará hasta en dos terceras partes respecto a la pena actualmente prevista por la ley. Antes de la modificación, el castigo por estupro era de uno a seis años de prisión, además de multas económicas.
Durante la discusión de la iniciativa se expuso la necesidad de reforzar las sanciones ante la incidencia de delitos sexuales en el estado.
De acuerdo con cifras de la Fiscalía General del Estado (FGE), entre enero y mayo de 2026 se iniciaron 194 carpetas de investigación por violación simple y 116 por violación equiparada, para un total de 310 investigaciones en ese periodo.
Asimismo, datos del Consejo Nacional de Población (Conapo) indican que durante 2025 se registraron 540 nacimientos en Puebla de madres de entre 10 y 14 años de edad, información que fue considerada como uno de los argumentos para endurecer las penas cuando una agresión sexual derive en un embarazo de una menor.
Con la aprobación de esta reforma, Puebla fortalece su marco legal para sancionar con mayor severidad los delitos de violación y estupro cuando tengan como consecuencia un embarazo, con el objetivo de brindar una mayor protección a niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual.