De acuerdo con el Código Civil del Estado Libre y Soberano de Puebla el divorcio es una acción civil a la que puede recurrir alguno de los integrantes de un matrimonio para disolverlo y dejar a los excónyuges en aptitud de contraer otro nuevamente.

Para poder realizar este proceso se considera la intervención de un juez responsable del acuerdo y también de dictar medidas cautelares en el caso de que haya hijos menores de edad involucrados.

Una de las modalidades del divorcio es el administrativo, el cual se inicia cuando hay común acuerdo y tarda sólo 15 días.

En caso de tener hijos se debe llegar a un acuerdo sobre la guarda y custodia.

Si hay bienes mancomunados, se hace un avalúo de éstos, para poder repartirlos.

También está el divorcio incausado que pueden iniciar uno o nos cónyuges sin que haya una causa de separación o sin necesidad de que ambos estén de acuerdo.

En este caso deben tener por lo menos un año de que se haya celebrado el matrimonio.

En ambos casos se pagan:

-100 pesos para la anotación marginal de divorcio en el acta de matrimonio

-Mil 800 para la solicitud y el trámite ante el juez.

-560 para el registro de la resolución.

Por lo regular, los costos del trámite se suelen dividir, pero en ocasiones, el juez resuelve que el pago recaiga sólo en uno de los interesados.

Por otro lado, se señala que en caso de un desacuerdo, el juez de lo familiar deberá resolver la procedencia de la compensación atendiendo a las circunstancias especiales de cada caso.

Además, si en el proceso, alguno de los cónyuges falleciera, la pareja adquiere los mismos derechos y obligaciones por no haberse concretado el divorcio.

Aunque alguno de los cónyuges se oponga al divorcio, éste procederá por el solo hecho de que la otra parte lo solicite.

Google News

TEMAS RELACIONADOS