Heredar en Puebla es un proceso legal que está previsto en el Código Civil con definiciones y disposiciones sobre su funcionamiento.
De manera general, se reconoce que la herencia es la sucesión de los bienes, derechos y obligaciones del difunto que no se extinguen por la muerte.
Una herencia se puede recibir si quien fallece dejó escrito un testamento o una disposición por ley, pero también por la vía legítima o intestamentaria.
Cuando en vida la persona decide hacer un testamento debe hacer el proceso ante un notario.
En caso de no existir un testamento se deben considerar diferentes aspectos en la herencia antes del reparto de bienes. Entre ellos, que se garantice la subsistencia y derechos de personas como los menores de edad y los adultos mayores que ya no pueden valerse por sí mismos.
El código también prevé que al no existir un testamento hay personas que quedan excluidas de este derecho, como quienes cumplen una condena por alguna sentencia o quienes no hayan asistido a la persona fallecida en vida.
Por otro lado, se reconocen prioridades en la escala de repartos de una herencia al no existir un testamento, en donde los hijos son prioridad con un reparto equitativo y al no existir ellos, la siguiente prioridad es un cónyuge.
Un aspecto importante en el reparto de la herencia es que estas también pueden considerar hipotecas u otro tipo de deudas que se tengan en vida y que puedan implicar obligaciones a quien hereda.
Por ello, el código también considera un procedimiento para que la persona que hereda una deuda la pueda rechazar formalmente a fin de no asumir responsabilidades.
En el caso de las hipotecas, por ejemplo, es importante considerar que actualmente varias de ellas consideran pagos de seguros de vida para cubrir los gastos que pudiera generar la deuda a herederos.