Los drones son aeronaves no tripuladas que pueden ser de distintos tamaños y son dirigidos por medio de controles o pueden volar de manera autónoma. La presencia de estos aparatos en colonias de Puebla ha generado intriga entre los vecinos.

Los drones se pueden ver en eventos públicos, ceremonias, juegos, conciertos y otros actos masivos, pero en Puebla se les ha visto merodeando en algunas casas-habitación.

¿Dónde sobrevuelan los drones que intrigan a los poblanos?

Vecinos de Santiago Momoxpan, perteneciente al municipio de San Pedro Cholula, han reportado la presencia de estos aparatos sobrevolando en algunas casas.

A través de las redes sociales, los colonos indicaron que los dispositivos han sido vistos en la zona del Bulevar Forjadores, así como en las calles Coloxtitla, Benito Juárez y Privada Coloxtitla, principalmente el pasado viernes 7 de noviembre.

En las imágenes que compartieron los vecinos se observa que el sobrevuelo se realizó a plena luz del día, cerca de la fábrica .

“Les pedimos estar muy atentos, ya que no se sabe con qué intención se están realizando estos vuelos. Si alguien logra identificar al responsable o captar evidencia, tomen nota de la hora, dirección o características y reporten al C5 o a Seguridad Pública”, publicaron los vecinos en sus mensajes.


¿Dónde está prohibido volar un dron en México?

En México, el uso de drones está regulado por la del Gobierno de México y se cuenta con una ley para sancionar a quienes cometan delitos usando estos dispositivos.

Para operar un dron se requiere cumplir con normativas establecidas por la , tales como:

  • Registro obligatorio: todos los drones que pesen más de 250 gramos deben registrarse en línea a través del portal oficial de la AFAC. Es necesario proporcionar datos técnica del equipo, como número de serie, programas con los que puede operar y características operativas.
  • Certificación de piloto remoto: los operadores deben tener 18 acs cumplidos y los profesionales deben obtener una certificación que incluye un examen teórico y práctico.
  • Seguro de responsabilidad civil: obligatorio para drones que pesen más de 2 kilos.
  • Límites de altura: la altitud máxima permitida es de 120 metros (400 pies) sobre el nivel del suelo.
  • Normas de vuelo nocturno: prohibidos sin permiso especial de las autoridades correspondientes.
  • Prohibido operar estos aparatos en zonas restringidas o peligrosas, para transportar mercancías peligrosas, sustancias prohibidas, armas, explosivos, u operar en lugares abiertos o cerrados donde se reúnan más de 12 personas.
  • Deben ser operados dentro de las horas oficiales entre la salida y puesta de sol y el piloto debe ser capaz de ver la aeronave durante todo el vuelo con el fin de saber su localización, actitud, altitud y dirección.

En junio del 2024, en el Diario Oficial de la Federación se publicó el decreto que sanciona el uso de drones con fines delictivos.

En el documento se señala que se castigará hasta con 40 años de prisión a quien utilice estos artefactos con fines delictivos y hasta con 20 años a quien mediante el uso de aeronaves pilotadas a distancia arroje cualquier objeto o artefacto explosivo, artefactos explosivos improvisados o armas sobre personas o bienes

A quien utilice los drones para tomar fotografías o grabar audio o video, de forma física o empleando medios electrónicos, para vigilar actividades de personas servidoras públicas con la finalidad de conocer o reportar su ubicación para evadir su acción o ejecutar agresiones en su contra, se le impondrá una pena de prisión de tres a diez años, más el decomiso de los aparatos, equipos y objetos productos del delito.

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