El aguinaldo, al igual que las Participaciones de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), es uno de los pagos que los trabajadores esperan con mayor interés, sobre todo porque debe concretarse durante la temporada decembrina y generalmente permite hacer frente a los gastos y compromisos de la época.
Sin embargo, algunos trabajadores aún tienen dudas sobre el tiempo, monto y forma en que se debe pagar el aguinaldo.
¿Cómo opera el pago del aguinaldo?
En general, el aguinaldo debe ser cubierto por el empleador a más tardar el 20 de diciembre. Como mínimo, debe ser equivalente a una quincena de salario y pagarse en efectivo o mediante transferencia.
Se trata de un derecho laboral reconocido por la ley y no de una concesión. Sin embargo, el monto puede aumentar según las condiciones que prevalezcan en la relación laboral, generalmente a través de contratos colectivos que implican la intervención de una organización gremial.
El pago del aguinaldo está establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT) desde 1970.
¿Se puede cubrir el pago del aguinaldo en especie?
El salario, al igual que el aguinaldo, debe pagarse en moneda de curso legal, en efectivo o mediante transferencia bancaria, por lo que está prohibido su pago en vales, productos o cualquier otro tipo de compensación que no sea dinero.
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Ese tipo de cuestiones forman parte de concesiones o acuerdos que generalmente se adhieren al salario como prestaciones complementarias.
En el plano legal, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) tiene como función primordial velar por el cumplimiento de la LFT.
En general, todo trabajador que sienta que se vulneran sus derechos en temas como el pago del aguinaldo en el tiempo y forma establecidos en la LFT, puede acudir a la Profedet.
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