El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió el plazo para la habilitación del Buzón Tributario hasta enero de 2024, cuando comenzará a aplicar multas por incumplir con esa disposición.

Previamente el plazo vencía el 31 de diciembre del 2022, lo cual fue modificado por la Resolución Miscelánea Fiscal 2023.

El Buzón Tributario es el sistema de comunicación electrónico que tiene el SAT en su portal, mediante el cual las autoridades fiscales mantienen contacto con los contribuyentes para hacerles llegar notificaciones o resoluciones administrativas, y éstos a su vez podrán efectuar promociones, solicitudes, avisos y demás información que presenten.
 
Los contribuyentes deben tener registrados medios de contacto y mantenerlos actualizados; pueden ser hasta cinco direcciones de correos electrónicos y un número de teléfono celular.
 
Para habilitar el buzón se puede hacer en el portal del órgano recaudador de impuestos, para lo que se necesita que el contribuyente cuente con la Contraseña o firma electrónica conocida como e.firma.
 
Quienes carezcan de estas herramientas deberán agendar una cita en CitaSAT para poder tramitarlas.

Otro cambio de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2023 es el aumento del monto de las sanciones en comparación a las vigentes hasta el 2022.
 
El SAT dio a conocer que, por la no habilitación del Buzón Tributario, el no registro o actualización de los medios de contacto conforme a lo previsto en el artículo 86-C del CFF, se impondrá una multa de 3 mil 420 a 10 mil 260 pesos, lo cual se aplicará hasta enero de 2024.
 
Lo anterior significa un monto mayor al que establecía actualmente de entre 3 mil 80 a 9 mil 250 pesos para el 2022.

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