Los días feriados 2026 forman parte del calendario oficial de días de descanso obligatorio en México, establecidos por la Ley Federal del Trabajo, con el objetivo de que las y los trabajadores puedan conmemorar fechas cívicas y religiosas sin afectar sus derechos laborales. Por ello, a continuación te presentamos las fechas que debes tener en cuenta.
Un día festivo o feriado es aquel que no se considera laborable y, por ley, debe respetarse como descanso obligatorio, salvo en los casos previstos por la legislación laboral.
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), estos son los días de descanso obligatorio en México durante 2026:
Además, se consideran días de descanso obligatorio:
Una de las preguntas más frecuentes en Google es por qué ciertas fechas no se descansan el día exacto. La LFT establece que algunos días conmemorativos se recorren al lunes para favorecer los puentes largos, principalmente en febrero, marzo y noviembre, lo que facilita la planeación laboral, turística y escolar.
Si una persona trabajadora es requerida para laborar en un día de descanso obligatorio, la ley es clara, tendrá derecho a recibir, además de su salario normal, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se debe pagar el triple del salario diario.
Así lo establece el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.
Sí. Si el día de descanso obligatorio coincide con el domingo, además del pago triple, el patrón deberá cubrir la prima dominical, que corresponde al 25% adicional sobre el salario diario, conforme al artículo 71 de la LFT.
Cuando el día de descanso obligatorio corresponde a la jornada electoral, las y los trabajadores tienen derecho a ausentarse el tiempo necesario para ejercer su voto, aun cuando deban presentarse a laborar después, siempre que no formen parte del proceso electoral.
Esta obligación patronal está contemplada en el artículo 132, fracción IX, de la Ley Federal del Trabajo.
En caso de que el pago correspondiente por laborar en un día feriado no sea respetado, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) brinda orientación gratuita a través de los teléfonos 01 800 911 7877 y 01 800 717 2942, o mediante el correo