En redes sociales se ha viralizado un video en el que supuestamente te pueden despedir por ir al baño más de tres veces al día y peor aún si tardas más 10 minutos se convierte en causa de despido justificado.

Sin embargo, antes de que te paniquees, te invitamos a que leas esta nota, pues no todo lo que hay en redes, es totalmente cierto.

El video, compartido por la usuaria de TikTok Lucy Her, inicialmente presenta esta afirmación, la cual señala que se implementó en la Ley Federal del Trabajo en este 2024, pero al llegar al segundo 38 ella misma aclara a sus seguidores que se trata de una broma que ha sido malinterpretada o incluso una noticia proveniente de otro país, lo cual resultaría contradictorio con los derechos humanos.

@princesagodin ¿Tu crees que te van a correr si vas 3 veces al baño chikis? #aprendeentiktok #longervideos ♬ sonido original - Lucy Her

No obstante, una situación que sí puede resultar en un despido es la ausencia laboral en tres ocasiones consecutivas e injustificadas dentro de un lapso de 30 días.

Pero, ¿qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre las idas al baño?

La LFT establece los derechos y obligaciones de los trabajadores y los patrones. Entre los derechos fundamentales de los trabajadores se encuentra el derecho a tener acceso al baño durante la jornada laboral.

Este derecho está respaldado por el principio de dignidad humana y su objetivo es garantizar que los trabajadores puedan satisfacer sus necesidades fisiológicas básicas de forma adecuada y sin restricciones innecesarias.

¿Cuánto tiempo puedes ir al baño en el trabajo?

Asimismo la Ley Federal del Trabajo tampoco establece un tiempo específico para utilizar el baño, pero se entiende que este derecho debe ser respetado dentro de los límites razonables.

Asimismo, el tiempo destinado para ir al baño varía según cada empresa y su política interna. Algunas compañías establecen un tiempo específico, mientras que otras permiten a los empleados tomar una pausa cuando lo necesiten.

En resumen, según la Ley Federal del Trabajo, ningún empleador tiene la autoridad para castigar, despedir o aplicar medidas en contra de los trabajadores por hacer uso de su derecho al acceso al baño.

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