El próximo lunes 21 de noviembre será un día de asueto, en ocasión de la conmemoración de la Revolución Mexicana que se celebra el 20 de noviembre.

Pero como cae en domingo, el día de descanso por el aniversario de la Revolución se recorre al lunes y con ello se conforma lo que desde hace más de 15 años conocemos como los fines de semana largos.

Los antecedentes

Los fines de semana largos, en esencia, vinieron a formalizar aquellos puentes de descanso del pasado, en los que los mexicanos nos hicimos especialistas en armar y por supuesto disfrutar.

En diciembre de 2005, durante la administración de Vicente Fox, se aprobó y publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que modificó el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, con el propósito de oficializar los fines de semana largos que abarcan los días sábado, domingo y lunes.

El Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, establece que los días de descanso obligatorio son:

I. El 1o. de enero;

II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;

III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;

IV. El 1o. de mayo;

V. El 16 de septiembre;

VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;

VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;

VIII. El 25 de diciembre, y

IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

De ahí que en el año se cuente con varios fines de semana largos, conforme a la Ley Federal del Trabajo.

En consecuencia, el 21 de noviembre se descansa en acato a la ley, como un derecho consagrado en la norma y que difícilmente es objetado, como no lo fue recientemente la aprobación de un periodo vacacional con más días para los trabajadores.

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