Tras el feminicidio de Cecilia Monzón y la detención de Javier López Zavala, la sociedad poblana se pregunta qué pasará con el hijo de 3 años que ambos procrearon.

En entrevista con , el abogado Armando García Ariza, explicó que cuando uno de los padres fallece por cualquier circunstancia, de manera automática la custodia de los menores pasa al progenitor que sobrevive.

Sin embargo, cuando el progenitor supérstite es detenido por iniciársele un proceso de carácter penal, como es el caso de Zavala, el menor no puede quedar en abandono y entonces se recurre a los abuelos paternos.

Si los abuelos paternos demuestran que no tienen la aptitud para poder hacerse cargo del menor, o están imposibilitados por edad, económicamente u otras circunstancias, o hay cuestiones de violencia que implique poner en peligro al niño, niña o adolescente, o se demuestra que ya no viven, entonces la guardia y custodia del menor se turna a los abuelos maternos.

El también catedrático de la Escuela Libre de Derecho de Puebla comentó que si ninguno de los abuelos pudiera hacerse cargo del menor, entonces se busca a los próximos parientes colaterales de los progenitores, es decir, los tíos.

“De no existir esos parientes, la autoridad, a través del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (SEDIF) los tendrá en custodia, hasta en tanto o cuanto cumplan la mayoría de edad o aparecieran parientes más próximos”, dijo.

Recalcó que a los menores de edad no se les puede dejar en situación de abandono y es el estado el que tiene la obligación de tutelar los derechos de niños, niñas y adolescentes.

En el caso del menor de edad que deja en la orfandad Cecilia Monzón, la abuela Cecilia Pérez debe promover -o seguramente ya promovió- un procedimiento judicial ante un juez de lo familiar de San Pedro Cholula, o en el municipio donde vive el menor de edad, para solicitar una medida emergente de guardia y custodia.

“Deberá solicitarse ante el juez una autorización para que el menor, con justificación, pueda salir del país siempre y cuando se atengan a las medidas y directrices que el propio juzgado defina, porque muchas veces salen del país y ya no regresan”, refirió en torno a que la familia materna tiene su residencia en España.

García Ariza añadió que como el delito ya ameritó prisión preventiva oficiosa, ésta tiene como efecto suspender el ejercer los derechos de familia, lo que impediría la custodia del menor.

“Sin embargo, eso no significa que el menor no pueda convivir, en los días y horas establecidos, con su progenitor en el Centro de Reinserción Social, porque eso es un derecho del niño, la niña y adolescentes, de convivir con los progenitores”, acotó.

“En este tipo de situaciones siempre está el principio del interés superior del niño, la niña y los adolescentes, y que todos los juzgadores deben de atender precisamente al momento de otorgar la guardia y custodia, a los parámetros que ya han sido fijados por los tratados internacionales como la Convención de las Naciones Unidas”, subrayó.

 

Recientemente, Helena Monzón, hermana de la activista Cecilia Monzón, compartió una imagen en donde se aprecia la sombra de su pequeño sobrino y en el que narra que, a veces, pregunta por su mamá aunque luego recuerda que ha muerto.

La familia de Cecilia ha dado cuidado y protección al pequeño cuyo padre se negó a otorgar la pensión alimenticia y, por lo que se entiende en las publicaciones de la abogada asesinada, no existía convivencia.

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