El Pueblo Mágico de Atlixco se ubica a 30 minutos de la ciudad de Puebla y durante esta temporada es muy visitado por la Villa Iluminada que lo distingue y es su marca registrada, así como por la variada oferta que tiene en la venta de nochebuenas.

En el Parque Colón o zócalo de la ciudad se encuentran los vendedores de estas flores de ornato, pero también una cafetería de la marca The Italian Coffee Company, que es una reconocida franquicia poblana.

Para los atlixquenses es común ver la escena de que en el quiosco de Atlixco esté instalada una cafetería, pero para los visitantes no es así, ya que se trata de espacios públicos que pertenecen a los ciudadanos y son administrados por los gobiernos municipales.

Por ello, muchos tienen la creencia de que los dueños del zócalo de Atlixco son los propietarios de la cafetería, la cual ofrece servicio los 365 días del año, tanto en la planta baja como en la alta del inmueble.

El parque Colón y el quiosco fueron inaugurados el 14 de febrero de 1954, por el entonces gobernador Rafael Ávila Camacho; por el presidente municipal, Luis R. Hidalgo y, los regidores Silvino Bouzas, Ignacio Arriola, Miguel Munive, Enrique Vázquez, Ricardo Jiménez y Roberto Rangel.

En la placa de mármol que permanece en una de las paredes al interior del quiosco también se lee que la obra fue posible por el trabajo de la Comisión Pro-Reconstrucción de Atlixco, integrada por Luis Sánchez Domínguez, Antonio J. Hernández, Luis R. Hidalgo, Malaquias Medina V., Erasmo Martínez Guerrero, Santiago Soberanes y Rodolfo Peralta Silis.

“Esta obra la hizo el Pueblo y es para el Pueblo”, resalta la frase en la parte baja de la placa donde se agrega la fecha: Febrero 14 de 1954.

Su estilo es sevillano con un toque arabesco, que se caracteriza por sus azulejos en tono verde en las esquinas de los muros o en los marcos de puertas y ventanas, mientras que en el resto del inmueble los azulejos contienen figuras de flores en tonos verdes y ocres que resaltan su belleza gracias a los jardines que lo rodean.

Publicaciones locales refieren que tras su inauguración de este inmueble, en los años 60 se otorgó en comodato a la Fundación de Beneficencia Privada “Servicios Sociales de Atlixco” (FUBEPSSA), la cual abrió una fuente de sodas Las Américas para hacerse de dinero que permitiera apoyar a que niños de escasos recursos pudieran inscribirse a la escuela y recibir su formación católica.

Así permaneció hasta principios de 1990, cuando el Ayuntamiento de Atlixco dio en comodato el quiosco a la firma The Italian Coffee Company, la cual se comprometió a dar mantenimiento a las jardineras y áreas verdes que hay en el parque Colón, por ello siempre luce arreglado, florido y hermoso.



¿Qué implica recibir una obra en comodato?

Un contrato de comodato se refiere a un acuerdo legal entre dos partes, donde el comodante presta al comodatario un bien no fungible por un tiempo determinado.

Por este préstamo no se paga ninguna cantidad de dinero y el uso del bien se limita al periodo establecido, de manera que el comodante mantiene la propiedad del bien prestado y tiene el derecho de revocar el contrato en cualquier momento si el comodatario incumple las condiciones establecidas.

Así se establece en el artículo 2497 del Código Civil Federal de México, donde se precisa que los bienes no fungibles son aquellos bienes que no pueden ser reemplazados por otros de la misma especie, calidad y cantidad, como ejemplo una obra de arte, una joya o un vehículo.

También precisa las características que debe contener el contrato de comodato:

  • Es un contrato gratuito: el uso del bien se concede de forma gratuita por un período de tiempo determinado.
  • Es un acuerdo temporal: el comodato se establece por un tiempo específico, que puede ser renovado o prorrogado de acuerdo.

Una vez que el período ha terminado, el comodatario debe devolver el bien al comodante en las mismas condiciones en que lo recibió.

  • Requiere de restitución individual: el comodatario está obligado a restituir el bien prestado en las mismas condiciones en que lo recibió, y de manera individual. Esto significa que el comodante tiene derecho a recibir el mismo bien que prestó, y no otro similar o de características similares.
  • Propiedad: el comodante mantiene la propiedad del bien prestado durante el período en que se ha establecido en el contrato. El comodatario solo tiene el derecho de usar el bien, pero no adquiere la propiedad del mismo.

El quiosco de Atlixco se ha ocupado como cafetería desde hace más de 30 años y es en la presente administración municipal de Ariadna Ayala Camarillo, emanada de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), cuando se busca que el inmueble regrese a la administración municipal.

Por ello, analiza con el departamento jurídico que el quiosco, junto con otros inmuebles que fueron entregados en comodato, sean devueltos al Ayuntamiento de Atlixco, aunque se desconoce la fecha cuándo podría concretarse la meta.

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