La reciente difusión de información financiera del comunicador Carlos Loret de Mola Álvarez por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador alcanzó ya niveles legales y ha generado controversia pues en el país se protegen los datos personales.

El responsable de su cuidado es el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, un órgano constitucional autónomo que a su vez hace cumplir la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y otras leyes derivadas.

Fue justo este instituto el que ayer dio a conocer el inicio de una investigación de oficio por la divulgación pública que el mandatario hizo de un documento oficial con datos privados de Loret de Mola Álvarez en la conferencia mañanera del 7 de abril .

En el caso de la protección de datos personales el instituto ha publicado en los últimos años guías que los definen y delinean cómo deben archivarse en el caso de sujetos públicos y privados obligados a los procesos de transparencia por recibir y utilizar recursos públicos.

"Es cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable, como puede ser el nombre, los apellidos, la dirección postal, el número de teléfono, la dirección de correo electrónico, el número de pasaporte, una fotografía, la Clave Única de Registro de Población (CURP) o cualquier otra información que permita identificar o haga identificable al titular de los datos", señala el Inai sobre la definición en una de sus guías.

El instituto también detalla que estos datos personales pueden expresarse en números, letras, gráficas, fotografías y audios.

Por otro lado, el Inai específica que existen datos personales considerados como sensibles pues pueden afectar la intimidad de las personas o conllevar a riesgos.

"...como por ejemplo, el origen racial o étnico; estado de salud (pasado, presente y futuro); información genética; creencias eligiosas, filosóficas y morales; afiliación sindical; opiniones políticas y preferencia sexual", agrega el instituto.

Tras las reformas a la ley de transparencia en 2014, el Inai por otro lado ha trabajado en nuevos lineamientos para definir cómo deben manejarse los datos personales en los archivos de información pública que incluyen detalles de sujetos obligados.

Entre ellos están cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos; partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos; así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad.

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