El estado de Puebla ya cuenta oficialmente con una Ley de Movilidad y Seguridad Vial. La nueva normatividad que fue aprobada por el Congreso del estado, ya fue publicado en el Periódico Oficial del Estado este miércoles.
Esta ley fue nivel nacional y los estados debieron armonizarla, y en el caso de Puebla se hizo un proceso de consulta ciudadana que implicó varios meses de trabajo.
Uno de los puntos más destacados de esta ley es que:
-Si se conduce en estado de ebriedad y se exceden los límites permitidos en el alcoholímetro por prueba de sangre o en el aliento no solo se pagará la multa sino que se suspenderá la licencia por 10 años.
-Se elaborará un padrón con estos registros de automovilistas sancionados por conducir alcoholizados.
-Para obtener una licencia de conducir se harán evaluaciones teóricas y prácticas.
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-La ley también define una pirámide de movilidad donde los peatones tienen la preferencia sobre los usuarios de vehículos no motorizados, de transporte público, a los transportes de carga y hasta el final los automovilistas particulares.
- A los automovilistas también se les imponen multas de casi 7 mil pesos por daños al mobiliario urbano.
-Es obligatorio que todo automovilista tenga seguro contra daños a terceros y no tenerlo implicará multas superiores a los 4 mil pesos.
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- Señala límites de 20 kilómetros por hora en escuelas y hospitales, 30 en calles secundarias y terciarias, 50 en avenidas primarias como los bulevares y 80 en vías rápidas como la Recta al Cholula.
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