La colocación de espectaculares en espacios irregulares podría alcanzar hasta 10 años de prisión y 481 mil cien pesos de multa, de acuerdo con lo aprobado este martes en comisiones.

Tras dos días de análisis, los grupos de trabajo de Procuración y Administración de Justicia y de Medio Ambiente, aprobaron ampliar las sanciones por otros tipos de contaminación y daños medioambientales.

El nuevo instrumento es la Ley de Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva para el Estado que establece lineamientos para los 217 municipios.

En esta ley se señalan sanciones que alcanzan casi los 2 millones de pesos, clausuras totales y definitivas, así como arrestos de hasta 36 horas a quien genere contaminación visual y auditiva.

En la contaminación visual se consideran tanto los espectaculares en áreas verdes como contaminación con anuncios en postes, semáforos y otros elementos del mobiliario urbano.

La ley prevé que los servidores públicos que permitan  la instalación de estos anuncios también puedan resultar destituidos o inhabilitados en el servico público.

En tanto que en la contaminación auditiva, consideran a quienes excedan los niveles de ruido permitidos, pues afecta la calidad de vida y el desarrollo de actividades cotidianas.

Por otro lado, se hicieron modificaciones al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla para actualizar los años de prisión y las multas por daños medioambientales.

La aprobación se dio luego de que ayer la titular de la Secretaría de Medio Ambiente, Beatriz Manrique Guevara, presentara las propuestas del Ejecutivo a los diputados y de que algunos de ellos propusieran adecuaciones.

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