Este Día de Reyes Magos un posible regalo en los hogares poblanos fue un lomito y aunque de entrada los perros y gatos bebés causan mucha felicidad, también hay que tomar en cuenta las responsabilidades legales por el abandono.

Desde 2021 y con posteriores actualizaciones, la entidad cuenta con la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla que tutela a todos los animales que se encuentran en el territorio a excepción de la fauna nociva.

En el caso de los animales de compañía se señalan responsabilidades como proveer alimento y agua, un espacio adecuado para su alojamiento, tratamientos veterinarios, higiene necesaria y registrarlos en padrones oficiales.

Asimismo se reconoce el colocarles placas de identificación, recoger sus heces y usar correa cuando transiten en espacios públicos, no emplearles para actos delictivos y abstenerse de cirugías estéticas, entre otros.

La ley también advierte que si se pierde una mascota y esta es recuperada por las autoridades, se tiene un límite de 10 días hábiles y la obligación de pagar gastos generados para recuperarla.

También marca lineamientos para que los ayuntamientos realicen convenios con organizaciones de albergues para que se mantengan por lo menos 30 días a los animales recuperados y se les encamine a un proceso de adopción.

Tanto en el caso de las mascotas como de otros animales que protege la ley, se faculta a las autoridades para realizar inspecciones y resguardos si se identifica maltrato.

Las sanciones, si se determinan irregularidades, pueden ir de una amonestación pública, al aseguramiento de bienes y también a multas que según la Unidad de Medida de Actualización (UMA) vigente pueden alcanzar de mil 792 al millón 792 400 pesos.

En la ley se definen también conceptos como el del animal abandonado y que implican no darle lo básico, así como el maltrato animal que abarca todo hecho, acto u omisión negligente que pueda ocasionar dolor, estrés o sufrimiento, que ponga en peligro el bienestar, la vida o que afecte la salud.

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