La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece el 1 de mayo como uno de los días oficiales de descanso en conmemoración del Día del Trabajo.

Sin embargo, no todos los trabajadores pueden disfrutarlo, ya que su empleador puede requerir su presencia en el trabajo. Aquellos que laboren en este día tienen derecho a un pago adicional según lo establecido por la ley.

En términos generales, los trabajadores que laboren el 1 de mayo. El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece:

“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.




Esto significa que los empleados que trabajen el 1 de mayo tienen derecho a recibir su salario normal más un salario doble.


¿Qué deben hacer aquellos trabajadores que no reciban el pago correspondiente?

Pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), comunicarse al teléfono 800 717 2942 o enviar un correo electrónico a orientacionprofedet@stps.gob.mx.

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