Tipificar el delito de cohabitación forzada en el Código Penal del Estado es proteger a niñas, niños y adolescentes, para combatir prácticas que vulneran su libertad, dignidad e integridad, aseguró la diputada Susana del Carmen Riestra Piña al presentar la iniciativa en la tribuna del Congreso.

La propuesta legislativa plantea reformar el artículo 128 Bis y adicionar una sección novena denominada “Cohabitación Forzada”, con el fin de sancionar a quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una persona menor de 18 años —o a quien no tenga capacidad para comprender— a integrarse a una unión de hecho, informal o consensuada equiparable al matrimonio.

El proyecto establece penas de ocho a 15 años de prisión y de mil a dos mil 500 días de multa, con agravantes cuando la víctima pertenezca a un pueblo, comunidad indígena o afromexicana, o sea una persona con discapacidad.

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Asimismo, propone que el delito de cohabitación forzada sea imprescriptible, toda vez que en este tipo de conductas la denuncia suele ser tardía debido al miedo, la dependencia y la presión familiar o comunitaria.

Esta iniciativa responde a un fenómeno que persiste en el país y en la entidad, particularmente en contextos de alta vulnerabilidad, refirió Susana Riestra, al advertir que cuando el Estado prohíbe prácticas como el matrimonio infantil, pero no las sanciona penalmente, se genera impunidad.

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Añadió que, “ninguna costumbre puede estar por encima de los derechos de las niñas y adolescentes”, y llamó a que el Congreso asuma su responsabilidad constitucional de garantizar el interés superior de la niñez mediante un marco jurídico claro, eficaz y congruente con los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos.

En su participación, reconoció públicamente a las legisladoras que se sumaron e impulsaron juntas la propuesta, por su compromiso y altura de miras, Delfina Pozos, Luana Amador, Celia Bonaga, Azucena Rosas, Leonela Martínez, Esther Martínez, Fedrha Suriano y Araceli Celestino.

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